Inicio2021-11-25T14:08:55-03:00

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO. MODIFICACIÓN.

Ley 27570

CAPÍTULO I
Lineamientos generales del régimen

Artículo 1° – Sustitúyese el inciso e) del artículo 2° de la ley 27.506, por el siguiente:
e) Servicios Profesionales únicamente en la medida que sean de exportación y que estén comprendidos dentro de los siguientes:
I) Servicios jurídicos, de contabilidad general, consultoría de gerencia, servicios gerenciales y servicios de relaciones públicas, auditoría, cumplimiento normativo, asesoramiento impositivo y legal;
II) Servicios de traducción e interpretación, gestión de recursos humanos (búsqueda, selección y colocación de personal);
III) Servicios de publicidad, creación y realización de campañas publicitarias (creación de contenido, comunicación institucional, estrategia, diseño gráfico/web, difusión publicitaria);
IV) Diseño: diseño de experiencia del usuario, de producto, de interfaz de usuario, diseño web, diseño industrial, diseño textil, indumentaria y calzado, diseño gráfico, diseño editorial, diseño interactivo;
V) Servicios arquitectónicos y de ingeniería: asesoramiento sobre arquitectura (elaboración y diseño de proyectos y planos y esquemas de obras, planificación urbana), diseño de maquinaria y plantas industriales, ingeniería, gestión de proyectos y actividades técnicas en proyectos de ingeniería.

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Actividades alcanzadas

Software
Industria 4.0 (I.A., robótica)
Biotecnología
Nanotecnologia
Centros de exportación de servicios profesionales
Ingeniería
Audiovisual
Tecnología satelital y nuclear
Investigación y desarrollo

Elegibilidad y Requisitos

Elegibilidad

  • Acreditar 70% en facturación de las actividades mencionadas

Requisitos (2 de 3)

  • Proceso de calidad

  • I + D o Capacitación

  • Exportación según escalas

Facilidades para emprendedores

Los emprendedores categorizados como microempresas (en el registro PyME) y que no superen los 3 años de antiguedad, solamente deberán acreditar la elegibilidad (70% de la facturación en las actividades antes mencionadas)

Beneficios impositivos

Reduccion del costo laboral

Reducción de Impuesto a las Ganancias

Estabilidad de los beneficios

Notas

2901, 2021

Información importante para empresas provenientes de la Ley de Promoción de Software

By |enero 29th, 2021|Categories: Beneficios, Elegibilidad, Emprendedores, Procedimientos|Tags: |0 Comments

El siguiente es un Comunicado proveniente de la Dirección Nacional [...]

1301, 2021

Entrevista a Javier Incardona por el canal IP Noticias sobre la Ley de Economía del Conocimiento

By |enero 13th, 2021|Categories: Beneficios Impositivos, Elegibilidad|Tags: , , |0 Comments

La siguiente es una entrevista a Javier Incardona transmitida por [...]